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¡Impactante! Un abogado revela la nueva regla que protege a los trabajadores del despido disciplinario sin previo aviso

2024-11-25

Autor: Marta

Recientemente, Ignacio de la Calzada, un reconocido abogado laboralista que se ha ganado una gran popularidad en redes sociales como Un Tío Legal (@laboral_tips en TikTok), ha hecho unas declaraciones que podrían cambiar la forma en que se realizan los despidos en España.

El 18 de noviembre, una sentencia del Tribunal Supremo de España dio un giro significativo a la legislación laboral. Según de la Calzada, esta sentencia establece que, para despedir a un trabajador por cuestiones de rendimiento, es obligatorio ofrecerle una audiencia previa. «Esto es una novedad muy grande porque se basa en una norma internacional: el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo», explicó el abogado.

El artículo 7 de esta sentencia establece que **no se podrá dar por terminada la relación laboral de un trabajador por motivos de conducta o rendimiento antes de ofrecerle la posibilidad de defenderse**. Esto significa que, si un trabajador enfrenta acusaciones que podrían resultar en un despido disciplinario, tiene derecho a ser escuchado y presentar sus alegaciones antes de que la empresa tome una decisión.

De la Calzada también subrayó la importancia de esta normativa en el contexto español, afirmando que, aunque no esté explícitamente incluido en el Estatuto de los Trabajadores, los tribunales deben acatar esta regla. Mencionó un caso reciente en Baleares donde se declaró la improcedencia de un despido y se ordenó una indemnización de 67,000 euros, lo que puso en evidencia la relevancia de aplicar esta norma, aunque el Tribunal Superior de Justicia de Baleares no la incluyó originalmente.

«A partir de ahora, en cualquier despido relacionado con el rendimiento del trabajador, se le debe otorgar una audiencia previa. Si te notifican un despido disciplinario, la empresa tiene la obligación de presentarte un pliego de cargos que detalle los hechos que se te imputan», aconsejó el abogado, resaltando que este procedimiento debe seguirse incluso si no está especificado en el convenio colectivo de la empresa.

Es importante mencionar que, a pesar de la claridad de esta sentencia, los trabajadores y empleadores deberán esperar una nueva decisión del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que podría consolidar esta jurisprudencia. De la Calzada agregó: «Esta sentencia anula la anterior y obliga al TSJ a dictar una nueva resolución conforme a la doctrina del Supremo». Sin duda, esto marca un antes y un después en la protección de los derechos de los trabajadores en España.